Este domingo 22 de octubre se llevarán a cabo las elecciones generales en las que se elegirá el próximo presidente de la Argentina.
En este contexto, hay una serie de pautas a tener en cuenta tanto en la previa, como en el durante y el después de la jornada electoral.
Veda electoral
La veda electoral por las elecciones presidenciales 2023 comenzará a las 8 de la mañana del viernes 20 de octubre. A partir de ese momento, se prohibirá el reparto de boletas y las actividades proselitistas, entre otras actividades.
Desde entonces y hasta las 21 del domingo 22 de octubre, tres horas después de la finalización de los comicios, hay una serie de actividades que quedan prohibidas.
Qué se puede hacer y qué no
- Se prohíbe realizar actos públicos de campaña
- Se prohíbe el proselitismo electoral, incluidos los avisos publicitarios y el reparto de boletas y la apertura y funcionamiento de locales partidarios
- También se prohíben posteos en redes sociales y la actividad online destinada a promover el voto de un candidato en particular.
- Se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo.
- La venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 20 del sábado.
- La portación de armas está prohibida durante la veda electoral
- Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
¿Dónde voto?
La Cámara Nacional Electoral puso a disposición el padrón definitivo para los comicios en los que se votará en las categorías presidente, Parlasur (nacional y regional), diputados y en algunas provincias también senadores.
La ciudadanía en condiciones de votar podrá buscar los datos de lugar y mesa de votación previstos para las generales del 22 de octubre.
El padrón definitivo se podrá consultar en el sitio web www.electoral.gob.ar y en www.padron.gob.ar.
Para ello, el elector debe introducir en el sistema su número de documento, género, distrito donde vota e ingresar un código verificador.
A partir de esos datos, el ciudadano conocerá el establecimiento y la mesa en que debe sufragar.
Documentos válidos para votar
- Documento cívico que figura en el padrón electoral.
- Versión posterior del documento que consta en el padrón electoral.
Documentos no válidos para votar
- Documento anterior al registrado en el padrón electoral.
- DNI en formato digital en dispositivos móviles.
- Cualquier comprobante de documento en trámite.