
Julio Héctor Simón, conocido como «El Turco Julián», falleció este martes a los 84 años en la Unidad N° 34 del Servicio Penitenciario Federal en Campo de Mayo, donde cumplía condena por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar. Fue sentenciado en tres oportunidades por secuestros, torturas y desapariciones forzadas.
En 2010, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de la Ciudad de Buenos Aires lo condenó por su participación en el secuestro, tortura y desaparición de 181 personas en el circuito represivo «ABO», compuesto por los centros clandestinos «El Atlético», «Banco» y «El Olimpo». En 2005, había recibido una pena de 25 años por la detención ilegal y torturas de José Poblete y Gertrudis Hlaczik, además de la apropiación de su hija Claudia Victoria Poblete, en ese entonces una beba de ocho meses.
Nacido el 12 de agosto de 1940, integró la Policía Federal Argentina y colaboró con el Batallón de Inteligencia 601. Tras la restauración democrática en 1983, se exilió en Brasil, donde trabajó como vigilador y guardaespaldas. Regresó a la Argentina con la sanción de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, que impidieron el juzgamiento de represores hasta su anulación en 2005.
Ese mismo año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de esas normas en el fallo «Simón, Julio Héctor y otros s/ privación ilegítima de la libertad», sentando un precedente clave para la reapertura de juicios por crímenes de lesa humanidad. Años después, Simón recibió una condena de 23 años de prisión en la causa Batallón 601 por delitos cometidos entre 1979 y 1980.
Sobrevivientes de los centros clandestinos relataron el sadismo con el que actuaba. El director de cine Jorge Augusto Taglioni, secuestrado en 1978 junto a su esposa embarazada, declaró que el represor usaba un brazalete con una bandera nazi y aplicaba mayor violencia contra detenidos judíos en «El Olimpo».
A principios de marzo, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un pedido de prisión domiciliaria solicitado por su defensa, que alegaba edad avanzada y problemas de salud.
La defensa del ex policía argumentó que su estado de salud era incompatible con la permanencia en una unidad carcelaria, calificando su detención como un trato «cruel, inhumano y degradante». Según detalló su abogado, padecía múltiples afecciones, entre ellas diabetes tipo 2, enfermedad coronaria con antecedente de bypass, dislipidemia, hipertensión arterial, problemas prostáticos, disminución de la visión, hipoacusia bilateral, hernia inguinal bilateral no complicada y un deterioro cognitivo de grado moderado a severo.
El tribunal argumentó que recibía los cuidados necesarios en prisión y que nadie de su familia lo visitaba, por lo que su asistencia solo podía garantizarse en la unidad carcelaria.
Los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos destacaron la gravedad de los delitos cometidos, entre ellos homicidio agravado, privación ilegal de la libertad y torturas a perseguidos políticos, los cuales fueron calificados como crímenes de lesa humanidad. Resaltaron que estas características justificaban la continuidad de su condena en prisión.
El ex policía fue uno de los tantos represores que intentaron eludir la justicia tras la dictadura. Sin embargo, la lucha de organismos de derechos humanos y la revisión de las leyes de impunidad permitieron que enfrentara múltiples juicios y una condena que cumplió hasta su muerte.